{"id":30932,"date":"2018-03-29T05:45:02","date_gmt":"2018-03-29T11:45:02","guid":{"rendered":"http:\/\/estado29.mx\/?p=30932"},"modified":"2018-03-28T19:33:38","modified_gmt":"2018-03-29T01:33:38","slug":"veda-electoral-no-hagan-cosas-malas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/estado29.mx\/?p=30932","title":{"rendered":"Veda electoral; no hagan cosas malas"},"content":{"rendered":"<p>El gobierno del estado decidi\u00f3 suspender la difusi\u00f3n de la propaganda del estado con la finalidad de no incidir en las preferencias electorales del pr\u00f3ximo 1 de julio para ninguno de los comicios, ya sea para la presidencia de la Rep\u00fablica, el Congreso de la Uni\u00f3n o la renovaci\u00f3n del Poder Legislativo local.<\/p>\n<p>Ojal\u00e1 esa misma disposici\u00f3n la tuvieran los presidentes municipales, quienes todav\u00eda est\u00e1n en una franca y amplia campa\u00f1a de promoci\u00f3n de sus logros y acciones.<\/p>\n<p>Aunque la legislaci\u00f3n local y federal establece que la suspensi\u00f3n de la propaganda deber\u00e1 hacerse en las campa\u00f1as electorales, es decir a partir del 30 de marzo, el pasado lunes los portales y espacios en redes sociales de las dependencias gubernamentales ya redujeron su informaci\u00f3n o bien, suspendieron sus sitios.<\/p>\n<p>Es de recordar que desde 2007, la Constituci\u00f3n establece que a partir del comienzo de las campa\u00f1as y hasta la conclusi\u00f3n de la jornada electoral, se deber\u00e1 suspender la difusi\u00f3n de propaganda gubernamental en medios de comunicaci\u00f3n social. Dicho mandato except\u00faa aquellas campa\u00f1as de informaci\u00f3n de las autoridades electorales; las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protecci\u00f3n civil en casos de emergencia.<\/p>\n<p>Pero ahora es tiempo que el gobierno, en sus diversos niveles, tambi\u00e9n cumpla con la disposici\u00f3n contenida en la Constituci\u00f3n local, en su numeral 95, que establece que durante el tiempo que comprenden las campa\u00f1as electorales y hasta la conclusi\u00f3n de la jornada electoral, los servidores p\u00fablicos del Poder Ejecutivo del estado, de los municipios y de las presidencias de comunidad con funciones de direcci\u00f3n y atribuciones de mando, as\u00ed como los legisladores locales, se abstendr\u00e1n de realizar actividades proselitistas que impliquen la entrega a la poblaci\u00f3n de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas asistenciales o de gesti\u00f3n y desarrollo social. Las \u00fanicas excepciones ser\u00e1n las campa\u00f1as de informaci\u00f3n de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protecci\u00f3n civil en casos de emergencia.<\/p>\n<p>Porque es com\u00fan que eso no ocurra. Muchas veces se hacen cosas buenas con mucha carga de tendencias malas.<\/p>\n<p>No olvidemos que en el pasado proceso local, para ser exactos, el 4 de mayo de 2016, con la elecci\u00f3n del hoy gobernador Marco Antonio Mena Rodr\u00edguez, hubo actos gubernamentales considerados por la autoridad jurisdiccional como ilegales y que buscaron en su momento, posicionar al entonces candidato de la Mega Alianza.<\/p>\n<p>De tal hecho, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF) determin\u00f3 que el entonces \u00a0gobernador Mariano Gonz\u00e1lez Zarur, la titular y el delegado de la Secretar\u00eda de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), Rosario Robles Berlanga y Sergio Pintor Castillo, respectivamente, as\u00ed como el ahora ex alcalde de Tlaxcala, Adolfo Escobar Jard\u00ednez, violaron los principios de imparcialidad y neutralidad del proceso electoral de 2016, porque realizaron un acto p\u00fablico de entrega de programas sociales durante la campa\u00f1a electoral, efectuado por los funcionarios antes mencionados, hecho que vulner\u00f3 la legalidad de los comicios y pudo influir en la voluntad de los ciudadanos.<\/p>\n<p>En su momento, al resolver el expediente SUP-JRC-384\/2016, del cual se encarg\u00f3 el magistrado Salvador Nava Gomar, \u00a0determinaron que s\u00ed hubo una violaci\u00f3n en la conducta de los funcionarios locales y federales, porque no era ni urgente ni necesaria la celebraci\u00f3n de un acto p\u00fablico\u00a0 cuyo fin fue la entrega de t\u00edtulos de propiedad, cancelaci\u00f3n de hipotecas, apoyos para la vivienda y escrituras por parte de la Sedatu, relativo al programa social Certeza Jur\u00eddica Seguridad Patrimonial. Papelito Habla. Sin embargo, al ser un acto con recursos federales, el ex mandatario y el ex edil capitalino quedaron fuera de las sanciones y de paso, nunca supimos la sanci\u00f3n para Robles y Pintor, quienes siguen operando, perd\u00f3n, trabajando en dicha dependencia.<\/p>\n<p>Por eso creemos que nuestras autoridades deben estar ajenas al proceso electoral y aunque su coraz\u00f3n pol\u00edtico y los colores les ganen, es conveniente que en esta veda electoral, no hagan cosas buenas que parezcan malas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno del estado decidi\u00f3 suspender la difusi\u00f3n de la propaganda del estado con la finalidad de no incidir en las preferencias electorales del pr\u00f3ximo 1 de julio para ninguno de los comicios, ya sea para la presidencia de la Rep\u00fablica, el Congreso de la Uni\u00f3n o la renovaci\u00f3n del Poder Legislativo local. 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