{"id":72130,"date":"2021-03-22T07:29:31","date_gmt":"2021-03-22T13:29:31","guid":{"rendered":"https:\/\/estado29.mx\/?p=72130"},"modified":"2021-03-22T07:29:46","modified_gmt":"2021-03-22T13:29:46","slug":"el-ine-emite-reglas-para-evitar-la-sobrerrepresentacion-partidista-en-la-camara-de-diputadas-y-diputados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/estado29.mx\/?p=72130","title":{"rendered":"El INE emite reglas para evitar la sobrerrepresentaci\u00f3n partidista en la C\u00e1mara de Diputadas y Diputados."},"content":{"rendered":"\n<p>\u2981 Se busca cumplir as\u00ed con lo establecido en la Constituci\u00f3n<br>\u2981 Ning\u00fan partido pol\u00edtico podr\u00e1 rebasar el 8 por ciento de sobrerrepresentaci\u00f3n<br>\u2981 Cinco aspirantes a una candidatura independiente para diputaciones federales han alcanzado preliminarmente el umbral y la distribuci\u00f3n geogr\u00e1fica de apoyos necesarios<br>El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determin\u00f3 el mecanismo para la aplicaci\u00f3n de la f\u00f3rmula de asignaci\u00f3n de las curules por el principio de Representaci\u00f3n Proporcional (RP) en la C\u00e1mara de Diputados y Diputadas que correspondan a los partidos pol\u00edticos nacionales con base en los resultados que cada uno obtenga en la Jornada Electoral del 6 de junio pr\u00f3ximo.<br>El acuerdo aprobado busca evitar la sobrerrepresentaci\u00f3n y que se haga efectivo el principio constitucional establecido en el art\u00edculo 54 de la Carta Magna, que establece que \u201cEn ning\u00fan caso, un partido pol\u00edtico podr\u00e1 contar con un n\u00famero de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la C\u00e1mara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votaci\u00f3n nacional emitida\u201d.<br>Para cumplir con este precepto constitucional se verificar\u00e1 la afiliaci\u00f3n efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de mayor\u00eda relativa; es decir, aquella que est\u00e9 vigente al momento del registro de la candidatura. Por tanto, el triunfo ser\u00e1 contabilizado a favor del partido con el cual el o la candidata ganadora tengan una \u201cafiliaci\u00f3n efectiva\u201d.<br>En caso de que la candidatura triunfadora no tenga una afiliaci\u00f3n efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo ser\u00e1 contabilizado en los t\u00e9rminos de lo expresado por el convenio de coalici\u00f3n aprobado, buscando el mayor equilibrio entre el porcentaje de votos y esca\u00f1os obtenidos.<br>Finalmente, en caso de que la candidata o el candidato triunfador haya contendido por la reelecci\u00f3n, en el supuesto que \u00e9ste no cuente con una \u201cafiliaci\u00f3n efectiva\u201d a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo ser\u00e1 contabilizado, para efectos de la asignaci\u00f3n, al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura.<\/p>\n\n\n\n<p>El Consejero Presidente, Lorenzo C\u00f3rdova, record\u00f3 que las cuotas de representaci\u00f3n proporcional se establecieron para reflejar el pluralismo pol\u00edtico y evitar la inevitable distorsi\u00f3n que genera el sistema de mayor\u00eda relativa, por lo que una fuerza pol\u00edtica sobrerrepresentada afecta el principio democr\u00e1tico de una cabeza, un voto.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEllo quiere decir, insisto, que el \u00f3rgano en donde se toman las decisiones colectivas, congresos, asamblea o parlamento, se integre por representantes que, efectivamente, representen en el sentido que reflejen las diversas posturas pol\u00edticas existentes entre los ciudadanos representados\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Rechaz\u00f3 que el Consejo General est\u00e9 legislando, ya que el acuerdo \u00fanicamente establece las reglas con las que el INE asignar\u00e1, una vez que las elecciones de diputaciones de mayor\u00eda relativa queden firmes, las 200 diputaciones de representaci\u00f3n proporcional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLlama la atenci\u00f3n que haya quien se lamente que el acuerdo llegue tarde porque ya se aprobaron las coaliciones porque ah\u00ed los partidos pueden decidir a qu\u00e9 partido se cuenten los candidatos de mayor\u00eda que ganen, pero el tema de RP es para ver c\u00f3mo vamos asignarle a cada partido para evitar y vigilar que se cumpla lo que dice la Constituci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>C\u00f3rdova confi\u00f3 en que el legislador, en una l\u00f3gica de fortalecer a la democracia, plante\u00e9 una reforma para reducir el porcentaje de sobrerrepresentaci\u00f3n permitido por la Constituci\u00f3n o incluso eliminarlo para incrementar la calidad democr\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p>Consider\u00f3 que el acuerdo contribuye a garantizar que la asignaci\u00f3n de las 200 diputaciones de representaci\u00f3n proporcional que le corresponden a cada partido se den a partir de la voluntad expresada en las urnas.<\/p>\n\n\n\n<p>Con la medida no se vulnera el derecho de libre afiliaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>La Consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisi\u00f3n de Prerrogativas y Partidos Pol\u00edticos del INE, explic\u00f3 que para verificar la afiliaci\u00f3n efectiva, la Oficial\u00eda Electoral certificar\u00e1 la integraci\u00f3n de los padrones de personas afiliadas con corte al 21 de marzo, a las 20:00 horas. Y ser\u00e1 esta base de datos certificada la que, en su momento, se utilice para llevar a cabo la verificaci\u00f3n de afiliaci\u00f3n efectiva de las candidaturas que resultaron ganadoras.<\/p>\n\n\n\n<p>A\u00f1adi\u00f3 que, con este proyecto, el Instituto pretende fijar reglas claras antes de que se lleve a cabo cualquier proceso de votaci\u00f3n sobre la forma de asignar las curules de representaci\u00f3n proporcional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs importante mencionar que la afiliaci\u00f3n efectiva de una candidatura en ning\u00fan caso implicar\u00e1 una vulneraci\u00f3n al derecho de afiliaci\u00f3n libre porque s\u00f3lo se circunscribe para efectos de la asignaci\u00f3n de diputaciones por el principio de representaci\u00f3n proporcional\u201d, destac\u00f3 Zavala.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, el Consejero Mart\u00edn Faz argument\u00f3 que el fen\u00f3meno de la sobrerrepresentaci\u00f3n se hab\u00eda dado desde el 2012 y fue increment\u00e1ndose en las elecciones del 2015 y 2018 debido a las reformas legales que regulan las coaliciones.<br>\u201cY es que, en efecto, las reformas en materia de coaliciones electorales han afectado, de forma indirecta, los mecanismos constitucionales y legales que impulsan la pluralidad pol\u00edtica nacional y que permite el acceso a las minor\u00edas para llegar a la C\u00e1mara por el principio de representaci\u00f3n proporcional\u201d.<br>A\u00f1adi\u00f3 que el acuerdo aprobado respeta el r\u00e9gimen jur\u00eddico de las coaliciones en los t\u00e9rminos establecidos en la Ley General de Partidos Pol\u00edticos, as\u00ed como los criterios sostenidos por la Sala Superior del TEPJF, en donde se establece que las coaliciones s\u00f3lo rigen o aplican al principio de mayor\u00eda relativa, pero no para el de representaci\u00f3n proporcional y que en lo concerniente a ello los partidos pol\u00edticos participan individualmente sin importar que estuvieran en coalici\u00f3n en los distritos uninominales.<br>El objetivo -a\u00f1adi\u00f3 Faz Mora- es cuidar que la asignaci\u00f3n de diputaciones por representaci\u00f3n porporcional se ajuste a los par\u00e1metros constitucionales para evitar la sobrerrepresentaci\u00f3n de los \u00f3rganos legislativos.<br>La autoridad no puede aceptar la simulaci\u00f3n<br>\u201cLa autoridad no puede aceptar la simulaci\u00f3n y simplemente dar por bueno, a pesar de cualquier prueba en contrario, el dicho de una parte y abrir as\u00ed una brecha enorme para la vulneraci\u00f3n del art\u00edculo 54 constitucional\u201d, sentenci\u00f3 el Consejero Uuc-kib Espadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Detall\u00f3 que aun sin este acuerdo, el d\u00eda mismo de la asignaci\u00f3n el Consejo tendr\u00eda que hacer una valoraci\u00f3n real de qu\u00e9 candidatura ganadora pertenece a cada partido pol\u00edtico de una coalici\u00f3n con base en evidencias jur\u00eddicas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsto no es un invento de este momento, ni se establece ninguna nueva f\u00f3rmula, hay afiliaciones a los partidos pol\u00edticos, esto es un hecho jur\u00eddico, tan es un hecho jur\u00eddico que, de vez en cuando, aplicamos sanciones por falsas afiliaciones\u201d, dijo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Consejero Jaime Rivera destac\u00f3 que el acuerdo aprobado \u201cresponde a la convicci\u00f3n de que cada voto tiene que ser bien contado y tiene que contar tanto como cualquier otro y, por lo tanto, reflejarse en una representaci\u00f3n pol\u00edtica equitativa\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En los hechos, explic\u00f3, las coaliciones suman sus votos para obtener triunfos de mayor\u00eda relativa, pero para los efectos de la representaci\u00f3n proporcional, seg\u00fan la interpretaci\u00f3n que se ha aplicado, no se suman los triunfos de mayor\u00eda y se puede esquivar as\u00ed el l\u00edmite constitucional de la sobrerrepresentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobrerrepresentaci\u00f3n tiene como consecuencia la subrepresentaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>La sobrerrepresentaci\u00f3n sucede cuando una opci\u00f3n electoral recibe un n\u00famero de diputaciones que excede al que le corresponder\u00eda de acuerdo con la votaci\u00f3n que se emiti\u00f3 a su favor en las urnas; y cuando ocurre la sobrerrepresentaci\u00f3n, necesariamente se produce tambi\u00e9n una subrepresentaci\u00f3n, mencion\u00f3 el Consejero Ciro Murayama.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSi un partido o coalici\u00f3n obtiene un n\u00famero de legisladores muy por arriba de lo que el voto ciudadano le otorg\u00f3, al mismo tiempo se reduce de forma artificial en el parlamento, el respaldo ciudadano que se dio a otros partidos o coaliciones. Se trata, como bien se\u00f1ala el diccionario electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, de un da\u00f1o al principio b\u00e1sico de la democracia representativa del voto igual, una persona un voto\u201d.<br>Al expresar su acuerdo con estas disposiciones, la Consejera Carla Humphrey refiri\u00f3 que adem\u00e1s en la asignaci\u00f3n de diputaciones de RP se deber\u00e1 respetar el principio de paridad en todo, aprobado en la reforma constitucional de 2019.<br>\u201cEsta reforma es aplicable a todos los cargos de elecci\u00f3n popular y hace una distinci\u00f3n, a mi juicio importante, entre principio constitucional incorporado en 2014 que hablaba solamente de postulaciones, y \u00e9ste que habla de paridad en la integraci\u00f3n de los \u00f3rganos\u201d, sostuvo.<br>La RP evita la concentraci\u00f3n en la toma de decisiones<br>\u201cLa inclusi\u00f3n de las y los diputados plurinominales ha favorecido la integraci\u00f3n heterog\u00e9nea del Poder Legislativo y a su vez ha permitido que los partidos pol\u00edticos minoritarios, tengan una representaci\u00f3n efectiva, lo cual evita que el poder y la toma de decisiones se concentre en una mayor\u00eda artifical\u201d, enfatiz\u00f3 la Consejera Dania Ravel.<br>Refiri\u00f3 que como parte de su autonom\u00eda normativa el Consejo General del Instituto cuenta con la atribuci\u00f3n de emitir reglamentos, lineamientos y dem\u00e1s disposiciones de car\u00e1cter general.<br>\u201cComo lo ha sostenido la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n en el caso de otros \u00f3rganos constitucionales aut\u00f3nomos no existe raz\u00f3n constitucional para afirmar que ante la ausencia de una ley no sea dable que el Instituto emita una regulaci\u00f3n aut\u00f3noma de car\u00e1cter general, siempre y cuando sea exclusivamente para el cumplimiento de su funci\u00f3n reguladora en el sector de su competencia\u201d, indic\u00f3 Ravel.<br>El Consejero Jos\u00e9 Roberto Ruiz Salda\u00f1a expuso su postura en contra del acuerdo al recordar que existe una jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n que se\u00f1ala que a trav\u00e9s de una coalici\u00f3n los partidos pueden postular a militantes de los otros partidos con los que se ali\u00f3.<br>Por lo que, aun cuando reconoci\u00f3 que existe una situaci\u00f3n pol\u00edtica de sobrerrepresentaci\u00f3n en la C\u00e1mara de Diputados que preocupa a la mayor\u00eda de los consejeros, dijo atenerse a lo establecido en dicha jurisprudencia.<br>Asimismo, la Consejera Adriana Favela coincidi\u00f3 con la imposibilidad de aplicar el cambio apoyado por la mayor\u00eda ante la eventualidad de ir en contra de la jurisprudencia, pero tambi\u00e9n, dijo, se realiza fuera de tiempo, ya que debi\u00f3 analizarse cuando el INE se pronunci\u00f3 respecto a la conformaci\u00f3n de coaliciones.<br>Ello, agreg\u00f3, considerando que fue en ese momento procesal en que los propios partidos establecieron el origen partidario de las candidaturas que van a tener en los distritos de mayor\u00eda relativa y a qu\u00e9 grupo parlamentario van a pertenecer.<br>No obstante, respald\u00f3 la regla que se plantea que cuando una diputaci\u00f3n pertenece a una f\u00f3rmula de mujeres, por ning\u00fan motivo se va aceptar asignar a una f\u00f3rmula de hombres, aunque consider\u00f3 que ser\u00eda viable que la asignaci\u00f3n se realice al mismo partido, pero por otra circunscripci\u00f3n.<br>Finalmente, la Consejera Norma De la Cruz anunci\u00f3 su voto en contra del proyecto debido a que \u00e9ste no se da en el tiempo oportuno.<br>Alista INE registro de candidaturas independientes<br>Durante la sesi\u00f3n, el pleno recibi\u00f3 el informe sobre la etapa de obtenci\u00f3n de apoyo de la ciudadan\u00eda por quienes aspiran a una candidatura independiente a diputaci\u00f3n federal en el Proceso Electoral Federal 2020-2021.<br>El Informe da cuenta que, de 61 personas que manifestaron su intenci\u00f3n de participar en el proceso como aspirantes a una candidatura independiente, 17 no cumplieron con los requisitos establecidos en la ley y 44 iniciaron el procedimiento de obtenci\u00f3n de apoyo ciudadano, de los cuales seis desistieron, 33 no alcanzaron el apoyo requerido y s\u00f3lo cinco aspirantes a una candidatura independiente para diputaciones federales han alcanzado preliminarmente el umbral y la distribuci\u00f3n geogr\u00e1fica de apoyos necesarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Aspirante Distrito<br>Miguel \u00c1ngel P\u00e9rez Navarrete Hidalgo 07<br>Christopher Arturo Rodr\u00edguez Hern\u00e1ndez Jalisco 09<br>H\u00e9ctor Hern\u00e1ndez Hern\u00e1ndez Hidalgo 01<br>Carlos Alejandro Bautista Tafolla Michoac\u00e1n 09<br>Delfino Su\u00e1rez Piedras Tlaxcala 01<\/p>\n\n\n\n<p>Al desahogar el orden del d\u00eda, las y los consejeros electorales establecieron la forma de distribuci\u00f3n del financiamiento p\u00fablico para la obtenci\u00f3n del voto a las candidaturas independientes, as\u00ed como la prerrogativa postal para la etapa de campa\u00f1a electoral del Proceso Electoral Federal 2020- 2021.<br>El proyecto aprobado establece seis escenarios para la asignaci\u00f3n, entre el conjunto de candidaturas independientes, de los $31,505,713 (treinta y un millones quinientos cinco mil setecientos trece pesos en M.N.), mismos que se deber\u00e1n distribuir entre las y los candidatos independientes que obtengan su registro de la siguiente forma.<br>Financiamiento p\u00fablico para cada Candidatura Independiente<\/p>\n\n\n\n<p>N\u00famero de Candidaturas Independientes<br>proyectadas Escenarios<br>1 Candidatura Independiente 2 Candidaturas Independientes 3 Candidaturas Independientes 4 Candidaturas Independientes 5 Candidaturas Independientes 6 Candidaturas Independientes<br>1 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189<br>2 &#8211; $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189<br>3 &#8211; &#8211; $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189<br>4 &#8211; &#8211; &#8211; $1,648,189 $1,648,189 $1,648,189<br>5 &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; $1,648,189 $1,648,189<br>6 &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; $1,648,189<br>Total $1,648,189 $3,296,378 $4,944,567 $6,592,756 $8,240,945 $9,889,134<\/p>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, durante la sesi\u00f3n, las y los consejeros electorales determinaron que los partidos pol\u00edticos de reciente creaci\u00f3n podr\u00e1n postular diputaciones federales, en la v\u00eda de elecci\u00f3n consecutiva para el presente proceso electoral, siempre y cuando las personas diputadas postuladas por otros institutos pol\u00edticos, hayan renunciado o perdido su militancia al 28 de febrero de 2020.<br>Esta determinaci\u00f3n se dio como respuesta a la consulta formulada por el partido Fuerza por M\u00e9xico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u2981 Se busca cumplir as\u00ed con lo establecido en la Constituci\u00f3n\u2981 Ning\u00fan partido pol\u00edtico podr\u00e1 rebasar el 8 por ciento de 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