{"id":72763,"date":"2021-04-13T20:44:20","date_gmt":"2021-04-14T01:44:20","guid":{"rendered":"https:\/\/estado29.mx\/?p=72763"},"modified":"2021-04-13T20:44:34","modified_gmt":"2021-04-14T01:44:34","slug":"otorga-tet-medidas-cautelares-a-favor-de-la-sindica-municipal-de-quilehtla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/estado29.mx\/?p=72763","title":{"rendered":"Otorga TET medidas cautelares a favor de la s\u00edndica municipal de Quilehtla"},"content":{"rendered":"\n<p>El Pleno Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) aprob\u00f3 el otorgamiento de medidas cautelares para la s\u00edndica municipal de Santa Cruz Quilehtla, vinculando al alcalde \u00d3scar P\u00e9rez Rojas y a los integrantes del cabildo de ese ayuntamiento, a dotarle de&nbsp;los elementos necesarios para el desempe\u00f1o adecuado de sus funciones en esa comuna, as\u00ed como a no impedir, retardar, retener u ocultar el acceso a la informaci\u00f3n necesaria para el ejercicio de sus actividades.<\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de su reclamaci\u00f3n, la s\u00edndica municipal reclama que las autoridades responsables del ayuntamiento de Quilehtla afectaron su derecho pol\u00edtico\u2013electoral de ejercer el cargo al dejar de pagar, despedir e impedir ingresar a su lugar de trabajo a los auxiliares de la sindicatura, cuando desde el a\u00f1o 2020 se aprob\u00f3 tales plazas en el presupuesto y cuando el ejercicio de su cargo requiere de apoyo t\u00e9cnico.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, el Pleno del TET refiri\u00f3 que si bien la ley establece que la sindicatura debe contar con elementos t\u00e9cnicos y materiales para desempe\u00f1ar su funci\u00f3n, para lo cual se le aprobaron en el presupuesto municipal diversos auxiliares, \u00e9stos&nbsp;&nbsp;fueron despedidos y no se les pag\u00f3 su sueldo quincenal, derivado de lo cual es veros\u00edmil que no se les permita el acceso al centro de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cConsecuentemente, existe la probabilidad de que el derecho de ejercer el cargo de la impugnante est\u00e9 siendo actualmente vulnerado, lo cual se encuentra prohibido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, as\u00ed como en Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el estado de Tlaxcala. Adicionalmente, se aprecia la presencia de elementos que podr\u00edan constituir violencia pol\u00edtica de g\u00e9nero, en raz\u00f3n de que la falta de elementos suficientes para ejercer el cargo de la sindicatura que ocupa la mujer impugnante, puede tener un impacto desproporcionado y diferenciado en ella\u201d, coincidi\u00f3 el Pleno.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ello es que los magistrados Jos\u00e9 Lumbreras, Miguel Nava y la magistrada Claudia Salvador determinaron vincular a las autoridades municipales y a los integrantes del cabildo, dentro de los l\u00edmites de sus respectivas competencias y responsabilidades, a dotar a la s\u00edndica municipal de los elementos necesarios para el desempe\u00f1o adecuado de sus funciones, lo cual surtir\u00e1 sus efectos provisionalmente en tanto no se determine otra cosa al resolver el asunto en definitiva, dentro del juicio de protecci\u00f3n de los derechos pol\u00edtico\u2013electorales de la ciudadan\u00eda 21 de este a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>Y es que, de un an\u00e1lisis preliminar del asunto, se lleg\u00f3 a la conclusi\u00f3n de que en nivel de probabilidad se afecta el derecho de la s\u00edndica a ejercer su cargo en un contexto de involucramiento de elementos de g\u00e9nero, en raz\u00f3n de que la falta de apoyo de personal para desempe\u00f1ar su funci\u00f3n puede producir un da\u00f1o relevante en el ejercicio de su cargo en comparaci\u00f3n con el resto de los integrantes masculinos del ayuntamiento, quienes son mayor\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, al resolver el juicio TET-JDC-025\/2021, el Pleno del TET desech\u00f3 la demanda del ciudadano Fernando Mu\u00f1oz Hern\u00e1ndez, en su car\u00e1cter de afiliado y precandidato al cargo de diputado local por el principio de mayor\u00eda por el Partido Movimiento de Regeneraci\u00f3n Nacional (Morena), la cual impugnaba el&nbsp;acuerdo ITE-CG 120\/2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior, porque en uno de los puntos resolutivos de ese acuerdo fue que se reserv\u00f3 el registro de las f\u00f3rmulas de candidaturas de diputaciones locales por el principio de mayor\u00eda relativa que contender\u00e1n en el proceso electoral local ordinario 2020-2021, presentadas por la coalici\u00f3n parcial&nbsp;&nbsp;denominada Juntos Haremos Historia en Tlaxcala. Ello significa que no se ha materializado el registro de candidatos, y no es un hecho consumado el acuerdo impugnado.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente,&nbsp;al resolver el expediente TET-PES-05\/2021, promovido por el Partido Encuentro Solidario (PES) en contra del ciudadano Blas Marvin Mora Olvera, por la posible comisi\u00f3n de&nbsp;actividades que contravienen las normas de propaganda electoral por utilizar s\u00edmbolos religiosos y expresiones de ese mismo car\u00e1cter,&nbsp;el Pleno del TET resolvi\u00f3 que&nbsp;no existe en una publicaci\u00f3n cuyo fondo es la Bas\u00edlica de Ocotl\u00e1n, ubicada en el municipio de Tlaxcala, alusi\u00f3n a religi\u00f3n alguna y tampoco se advierte que haya una conexidad entre el denunciado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) aprob\u00f3 el otorgamiento de medidas cautelares para la s\u00edndica municipal de Santa Cruz Quilehtla, vinculando al alcalde \u00d3scar P\u00e9rez Rojas y a los integrantes del cabildo de ese ayuntamiento, a dotarle de&nbsp;los elementos necesarios para el desempe\u00f1o adecuado de sus funciones en esa comuna, as\u00ed como a no [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":31,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"jnews-multi-image_gallery":[],"jnews_single_post":[],"jnews_primary_category":[],"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-72763","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/72763","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/31"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=72763"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/72763\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":72766,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/72763\/revisions\/72766"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=72763"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=72763"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=72763"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}