{"id":8615,"date":"2016-11-21T16:24:40","date_gmt":"2016-11-21T22:24:40","guid":{"rendered":"http:\/\/estado29.mx\/?p=8615"},"modified":"2016-11-21T16:24:40","modified_gmt":"2016-11-21T22:24:40","slug":"sin-tiempo-ite-legislativo-elecciones-extraordinarias-seran-cabildos-quienes-definan-a-siete-presidentes-comunidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/estado29.mx\/?p=8615","title":{"rendered":"Sin tiempo ITE y Legislativo para elecciones extraordinarias; ser\u00e1n cabildos quienes definan a siete presidentes de comunidad"},"content":{"rendered":"<p>A los integrantes de la LXI Legislatura local y a los consejeros del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) se le acab\u00f3 el tiempo para convocar y realizar elecciones extraordinarias para elegir a por lo menos siete presidentes de comunidades de la entidad, por lo que ante los vac\u00edos legales que existen en la materia, ya buscan la forma para que los ayuntamientos designen a las autoridades municipales interinas de esas demarcaciones.<br \/>\nEs que la falta de previsi\u00f3n y decidida de las autoridades, ser\u00edan los cabildos de al menos cinco ayuntamientos los que deban de definir qui\u00e9nes ser\u00e1n las personas que ocupar\u00e1n de manera provisional las presidencias de esas siete comunidades.<\/p>\n<p>A decir del presidente de la Comisi\u00f3n de Asuntos Electorales del Congreso local, \u00c1ngelo Guti\u00e9rrez Hern\u00e1ndez, al Congreso local se le acab\u00f3 el tiempo para convocar y realizar elecciones extraordinarias, por lo que ante los vac\u00edos legales que existen en la materia, ya buscan la forma para que los ayuntamientos designen a las autoridades municipales interinas de esas demarcaciones.<\/p>\n<p>Aunque el Poder Legislativo ten\u00eda la obligaci\u00f3n de convocar a comicios extraordinarios para elegir a los presidentes de comunidad de San Jos\u00e9 Texopa del municipio de Xaltocan, de El Barrio de Santiago y La Garita, municipio de Altzayanca; San Miguel Buenavista, municipio de Cuaxomulco; La Providencia, municipio de Sanct\u00f3rum de L\u00e1zaro C\u00e1rdenas y Colonia Santa Mar\u00eda \u201cSecci\u00f3n Tercera\u201d, donde hubo empate, y a San Crist\u00f3bal Zacacalco, municipio de Calpulalpan, donde pobladores quemaron el material y las boletas electorales, y de al final no lo hicieron por lo que esas demarcaciones carecen de certeza<\/p>\n<p>Pese a ello, dijo Guti\u00e9rrez Hern\u00e1ndez dijo que \u201cestaremos analizando cu\u00e1l es la v\u00eda legal para que se nombre a los presidentes de comunidad interinos o provisionales en las cuatro comunidades porque no hay un ordenamiento que tenga especificado este tema; sin embargo se est\u00e1 analizando jur\u00eddicamente  para que sea el Cabildo que entre en funciones el que define a alg\u00fan encargado de despacho\u201d.<br \/>\nAbund\u00f3 que el nombramiento de los presidentes de comunidad tendr\u00e1 que ser abordado por los Cabildos de los ayuntamientos. Aunque el tema tambi\u00e9n es analizado por las distintas comisiones que se tienen al interior del Poder Legislativo.<\/p>\n<p>Es de precisar que la fracci\u00f3n VIII del art\u00edculo 54 de la Constituci\u00f3n local establece que son facultades del Congreso: \u201cdesignar un concejo municipal, en caso de declararse desaparecido o suspendido un ayuntamiento o cuando se declaren nulas las elecciones o empatadas, o la inelegibilidad de la planilla triunfadora. Si la declaraci\u00f3n se produce dentro del primer a\u00f1o del per\u00edodo municipal, expedir\u00e1 la convocatoria para que en elecciones extraordinarias se elija nuevo ayuntamiento e instruir\u00e1 al \u00f3rgano electoral para que las lleve a cabo en un t\u00e9rmino no menor de treinta ni mayor de noventa d\u00edas, siempre y cuando las condiciones pol\u00edticas y sociales sean propicias y garanticen la tranquilidad de los comicios; en caso contrario, el concejo designado concluir\u00e1 el per\u00edodo\u201d pero no establece ning\u00fan apartado para el caso de los presidentes de comunidad.<br \/>\nA los integrantes de la LXI Legislatura local y a los consejeros del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) se le acab\u00f3 el tiempo para convocar y realizar elecciones extraordinarias para elegir a por lo menos siete presidentes de comunidades de la entidad, por lo que ante los vac\u00edos legales que existen en la materia, ya buscan la forma para que los ayuntamientos designen a las autoridades municipales interinas de esas demarcaciones.<br \/>\nEs que la falta de previsi\u00f3n y decidida de las autoridades, ser\u00edan los cabildos de al menos cinco ayuntamientos los que deban de definir qui\u00e9nes ser\u00e1n las personas que ocupar\u00e1n de manera provisional las presidencias de esas siete comunidades.<\/p>\n<p>A decir del presidente de la Comisi\u00f3n de Asuntos Electorales del Congreso local, \u00c1ngelo Guti\u00e9rrez Hern\u00e1ndez, al Congreso local se le acab\u00f3 el tiempo para convocar y realizar elecciones extraordinarias, por lo que ante los vac\u00edos legales que existen en la materia, ya buscan la forma para que los ayuntamientos designen a las autoridades municipales interinas de esas demarcaciones.<\/p>\n<p>Aunque el Poder Legislativo ten\u00eda la obligaci\u00f3n de convocar a comicios extraordinarios para elegir a los presidentes de comunidad de San Jos\u00e9 Texopa del municipio de Xaltocan, de El Barrio de Santiago y La Garita, municipio de Altzayanca; San Miguel Buenavista, municipio de Cuaxomulco; La Providencia, municipio de Sanct\u00f3rum de L\u00e1zaro C\u00e1rdenas y Colonia Santa Mar\u00eda \u201cSecci\u00f3n Tercera\u201d, donde hubo empate, y a San Crist\u00f3bal Zacacalco, municipio de Calpulalpan, donde pobladores quemaron el material y las boletas electorales, y de al final no lo hicieron por lo que esas demarcaciones carecen de certeza<\/p>\n<p>Pese a ello, dijo Guti\u00e9rrez Hern\u00e1ndez dijo que \u201cestaremos analizando cu\u00e1l es la v\u00eda legal para que se nombre a los presidentes de comunidad interinos o provisionales en las cuatro comunidades porque no hay un ordenamiento que tenga especificado este tema; sin embargo se est\u00e1 analizando jur\u00eddicamente  para que sea el Cabildo que entre en funciones el que define a alg\u00fan encargado de despacho\u201d.<\/p>\n<p>Abund\u00f3 que el nombramiento de los presidentes de comunidad tendr\u00e1 que ser abordado por los Cabildos de los ayuntamientos. Aunque el tema tambi\u00e9n es analizado por las distintas comisiones que se tienen al interior del Poder Legislativo.<\/p>\n<p>Es de precisar que la fracci\u00f3n VIII del art\u00edculo 54 de la Constituci\u00f3n local establece que son facultades del Congreso: \u201cdesignar un concejo municipal, en caso de declararse desaparecido o suspendido un ayuntamiento o cuando se declaren nulas las elecciones o empatadas, o la inelegibilidad de la planilla triunfadora. Si la declaraci\u00f3n se produce dentro del primer a\u00f1o del per\u00edodo municipal, expedir\u00e1 la convocatoria para que en elecciones extraordinarias se elija nuevo ayuntamiento e instruir\u00e1 al \u00f3rgano electoral para que las lleve a cabo en un t\u00e9rmino no menor de treinta ni mayor de noventa d\u00edas, siempre y cuando las condiciones pol\u00edticas y sociales sean propicias y garanticen la tranquilidad de los comicios; en caso contrario, el concejo designado concluir\u00e1 el per\u00edodo\u201d pero no establece ning\u00fan apartado para el caso de los presidentes de comunidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A los integrantes de la LXI Legislatura local y a los consejeros del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) se le acab\u00f3 el tiempo para convocar y realizar elecciones extraordinarias para elegir a por lo menos siete presidentes de comunidades de la entidad, por lo que ante los vac\u00edos legales que existen en la materia, ya [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"jnews-multi-image_gallery":[],"jnews_single_post":[],"jnews_primary_category":[],"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-8615","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8615","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=8615"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8615\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8617,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8615\/revisions\/8617"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=8615"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=8615"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/estado29.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=8615"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}