Amparados en su interpretación de autonomía e independencia, los consejeros electorales han decidido dejar la política a cambio de judicializar su intención de contar con 34 millones 299 mil pesos más para el presente ejercicio fiscal.
Con esa intención, como lo advertimos en este espacio, los consejeros ya han demandado el incumplimiento a su petición y la falta de respuesta de parte del Ejecutivo estatal, Marco Antonio Mena Rodríguez,
La presidenta del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), Elizabeth Piedras Martínez, interpuso tres juicios electorales; el principal, promovido en contra del mandatario Marco Antonio Mena Rodríguez, a quien hacen responsable de una falta de respuesta, fundada y motivada, para negarles el acceso a esos recursos.
Los juicios electorales fueron promovidos ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mismos que ya fueron admitidos y turnados para su análisis y dictámenes correspondientes, mismos que están registrados como los expedientes SUP-JE-23/2017, SUP-JE-24/2017 y SUP-JE-25/2017.
En el caso de la impugnación en contra del titular del Ejecutivo estatal, Marco Antonio Mena Rodríguez, registrado como SUP-JE-25/2017, la presidente del órgano electoral local denunció la presunta misión de dar respuesta a sus oficios ITE-CG 122/2017 y ITE-CG 150/2017, a través de los cuales solicitan una ampliación al presupuesto asignado al ITE para el ejercicio 2017.
Pero la estrategia de judicializar el tema también alcanzó a la secretaria de Planeación y Finanzas del gobierno del estado, Alejandra Nande Islas, quien también fue denunciada, según el juicio número SUP-JE-23/2017, porque tampoco dio respuesta a sus dos solicitudes de ampliación presupuestal realizadas por escrito.
Y ya encarrilada, y para ver si “pega”, extendieron el proceso en contra de la directora de Presupuesto y Egresos de la Secretaría de Planeación y Finanzas del estado de Tlaxcala, Lilian Rivera Nava, quien si bien dio respuesta formulada a sus oficios ITE-CG 122/2017 y ITE-CG 150/2017, por los cuales solicitaron los consejeros electorales una ampliación del presupuesto, ésta no satisfizo sus exigencia.
En sus litigios que son ya atendidos por los magistrados, el ITE, a través de Piedras Martínez, se amparan en la interpretación que hacen del artículo 19 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece que el Instituto es un organismo público autónomo e independiente en su funcionamiento y decisiones, de carácter permanente, profesional en su desempeño y dotado de personalidad jurídica.
La autonomía e independencia del Instituto tienen carácter político, jurídico, administrativo, financiero y presupuestal, y se expresan en la facultad de resolver con libertad y con una estructura orgánica propia los asuntos de su competencia, sin interferencia de otros poderes, órganos públicos y particulares, salvo las que se deriven de los medios de control que establecen las Constituciones Federal y Local, esta Ley y demás disposiciones aplicables.
En su afán, los integrantes del árbitro electoral local piden respeto a su autonomía, misma que “no puede existir si no hay dinero, nos quieren someter”, habrían dicho los consejeros una y otra vez.
Sin embargo, el descrédito se mece sobre ellos, porque sus asignaciones salariales, bonos y demás canonjías hacen pensar que su preocupación es solo su ingreso y no garantizar el cumplimiento de su responsabilidad en la preparación, organización, desarrollo, vigilancia y validez de los procesos de elección para renovar los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, los ayuntamientos y las presidencias de comunidad, y de la salvaguarda del sistema de partidos políticos y de los derechos político electorales de los ciudadanos; así como de los procesos de consulta ciudadana, de acuerdo con lo que prescriben la Constitución Federal, la Local y las leyes aplicables.
























































