El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), propuso una serie de reformas al Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, con el propósito de garantizar que las presidencias de comunidad reciban el 10 por ciento de los recursos previstos en el Fondo Estatal Participable, y de no ser así fincar responsabilidad al presidente municipal y al tesorero.
En ese sentido, el diputado local Adrián Xochitemo Pedraza explicó que en el artículo 510 del Código Financiero se establecen que los Ayuntamientos deberán distribuir el 10 por ciento de las participaciones del Fondo Estatal Participable, entre las presidencias de comunidad de su jurisdicción, una vez aprobado en el Presupuesto de Egresos y por el Cabildo, informando los montos asignados y su ejercicio en la Cuenta Pública Municipal que corresponda.
Sin embargo, existen quejas generalizadas por parte de las autoridades de comunidad en el sentido de que, ni los alcaldes ni los tesoreros, les proporcionan la información necesaria en cuanto a los montos de los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos Municipal para cada una de las comunidades, ni tampoco sobre el monto real a que tienen derecho del Fondo Estatal Participable.
Eso –dijo- es una de las consecuencias de que los presidentes de comunidad dejaron de tener voto en las sesiones de Cabildo, con lo fueron excluidos prácticamente del Ayuntamiento, ante esa situación, los diputados perredistas propusieron reformas para garantizar el acceso de las autoridades de comunidad a los recursos participables y la aplicación de sanciones para los servidores públicos que nieguen ese derecho.
“El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática presenta la Iniciativa que contiene la adición de un cuarto párrafo al Artículo 510 del Código Financiero del Estado, a efecto de que se especifique claramente que el presidente municipal o el tesorero serán responsables directos para que, de los recursos a que tienen derecho las comunidades y los presidentes de comunidad se les informe oportunamente de ellos y lleguen en los montos y en los plazos previstos por la ley o en el Presupuesto de Egresos Municipal, ya que de lo contrario será motivo de responsabilidad administrativa y, además, será considerado como desviación de recursos, estableciéndose la facultad del Congreso del Estado y del Órgano de Fiscalización para hacer de inmediato las denuncias ante las autoridades correspondientes una vez que se conozca de las irregularidades cometidas o una vez hecha la revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva”, explicó.
La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Finanzas y Fiscalización y de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.
























































