Con ello la obtención de registro ante el ITE y acceso a financiamiento
El diputado local del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Adrián Xochitemo Pedraza, presentó a la Comisión Permanente del Congreso del Estado una iniciativa para agregar un título a la Ley de Partidos Políticos del Estado con el propósito de incluir a las Agrupaciones Políticas Locales, con la posibilidad de que obtengan su registro, acceso al financiamiento público, y participación en procesos electivos.
La propuesta fue leía por el diputado secretario de la Comisión Permanente, Enrique Padilla Sánchez, durante la quinta sesión ordinaria, en donde dio a conocer que la propuesta del diputado perredista es que las agrupaciones políticas puedan participar en procesos electorales locales mediante acuerdos de participación con un partido político o coalición.
Incluso, las candidaturas surgidas de los acuerdos de participación serían registradas por un partido político y votadas con la denominación, emblema, color o colores de éste, las organizaciones políticas serían incluidas en la propaganda y campaña electoral. No sin antes haber obtenido su registro ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), con lo que incluso podrían acceder a financiamiento público.
Para lo anterior, el diputado perredista propuso adicionar un título décimo segundo “de la Constitución y Registro de las Agrupaciones Políticas locales”, con un capítulo único y sus respectivos artículos 146, 147, 148 y 149 de la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Tlaxcala.
Sobre la solicitud de registro, la propuesta establece que para obtenerlo la agrupación política deberá acreditar ante el IET entre otros, los siguientes requisitos, contar con un mínimo de 10 mil asociados en la entidad y con un órgano directivo de carácter estatal; además, tener delegaciones en cuando menos 35 municipios; contar con documentos básicos, al igual que una denominación distinta a cualquier otra agrupación o partido; y se deberán realizar ese trámite un año antes de la celebración de elecciones.
En cuanto a la participación electoral, establece que las agrupaciones políticas podrán participar en procesos electorales locales mediante acuerdos de participación con un partido político o coalición. Las candidaturas surgidas de los acuerdos de participación serán registradas por un partido político y serán votadas con la denominación, emblema, color o colores de éste.
Del financiamiento público y fiscalización de recursos, menciona que tendrán derecho al financiamiento público de sus actividades específicas como entidades de interés público, prevaleciendo las educativas, de capacitación política, investigación socioeconómica y sus tareas editoriales, conforme lo disponga el Reglamento correspondiente.
La propuesta se remitió a las Comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos y a la de Asuntos Electorales, para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.
























































