También el Poder Judicial podrá tener acceso a los excedentes de participaciones federales.
Por mayoría de votos, los integrantes del Congreso del Estado aprobaron la restitución de los ajustes trimestrales a los Poderes Legislativo y Judicial, además los legisladores volverán a aprobar la distribución de los excedentes federales a los 60 municipios y a los Poderes del Estado, para ello realizaron modificaciones al artículo 299 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
Los cambios fueron avalados por los diputados de los Partidos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN), del Trabajo (PT) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) sumando 13 votos; mientras que los legisladores de los Partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza (Panal) y la independiente, reunieron 11 votos en contra del dictamen con proyecto de decreto que presentó la Comisión de Finanzas y Fiscalización.
En sesión extraordinaria pública, el presidente de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso local, Alberto Amaro Corona, presentó la iniciativa con proyecto de decreto en la cual argumentó que el texto actual del artículo 299 del Código Financiero en el que deja fuera de la de la distribución de los ajustes trimestrales a los Poderes Legislativo y Judicial, era incongruente, pues ese mismos precepto ordenaba textual que “los recursos excedentes son para todo el Estado, entendiéndose que el Estado, para efectos de estructura de gobierno son también, además del Poder Ejecutivo y los municipios, los Poderes Legislativo y Judicial”.
De esa manera, propuso realizar reformas y adiciones al artículo 299 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, con lo que se restituye al Congreso del Estado y al Tribunal Superior de Justicia (TSJE) su derecho a recibir recursos excedentes de participaciones federales, esto a partir del segundo trimestre de este 2017.
De esa manera los recursos excedentes que reciban los Poderes y Municipios deberán ser reincorporados a su presupuesto, y deberán ser ocupados para los siguientes rubros: el 50 por ciento para la amortización anticipada de la Deuda Pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones, para el pago de sentencias definitivas emitidas por la autoridad competente, la aportación a fondos para la atención de desastres naturales y de pensiones.
Fue a finales de la LXI Legislatura local cuando los diputados avalaron reformas al Código Financiero dejando fuera de la distribución de recursos de los ajustes trimestrales a los Poderes Legislativo y Judicial.
























































