Piden se aplique lo establecido en la Ley Municipal al integrante del cabildo que ha faltado a más de tres sesiones del cuerpo edilicio.
Mediante oficio SIND/180/2017, el alcalde de San Pablo Apetatitlán, Eloy Reyes Juárez, y la síndica, Isela Carvajal Parra, pidieron a los integrantes de la LXII Legislatura local decretar la suspensión de mandato al primer regidor del Ayuntamiento, Carlos David Robles Figueroa, por faltar a los deberes de su cargo público, entre ellas acumular más de tres inasistencias a las sesiones de cabildo sin causa justificada.
La solicitud de revocación de mandato fue turnado a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos del Congreso del Estado, para su estudio, análisis, y dictamen correspondiente, así lo ordenó la presidenta de la Comisión Permanente del Congreso local, Aitzury Fernanda Sandoval Vega.
Al entrar en detalles, en el documento que dirigieron las autoridades municipales al Congreso, revelan que el primer regidor del Ayuntamiento, Carlos David Robles Figueroa, ha cometido faltas a los deberes de su cargo al grado de incurrir en la causal de suspensión prevista en el artículo 29, fracción I de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.
Ese precepto legal advierte que: La suspensión de alguno de los integrantes del Ayuntamiento se declarará, fracción I: Por inasistencia a tres sesiones de cabildo sin causa justificada en el lapso de un año.
En ese sentido, el alcalde como la representante legal del municipio denunciaron que los regidores fueron notificados para las sesiones 4, 5 y 6, correspondientes a los días 21 de febrero, 6 de abril y 26 de mayo, en las que no acudió el primer regidor, tampoco asistió a la sesión extraordinaria que se celebró el 28 de mayo a la cual llegaron seis de siete regidores, faltando Carlos David Robles, en ninguno de esos cuatro casos justificó su inasistencia.
De esa manera, las autoridades municipales solicitaron a la Cámara local que “decrete la suspensión de mandato al primer regidor Carlos David Robles Figueroa, por faltar a los deberes de su encargo e incurrir en la causal de suspensión de prevista en la Ley Municipal”.
Para lo anterior, anexaron a la solicitud las medidas de prueba conformadas por las minutas de cada una de las sesiones ordinarias y extraordinaria que ha convocado el Ayuntamiento a las que no ha asistido el primer regidor, en esos documentos se observa la firma de los demás integrantes del Cabildo y la ausencia de la rúbrica de Robles Figueroa.
























































