La suerte y determinación de los diputados locales que buscan brincar a una nueva posición o mantener el hueso de legisladores en el ámbito estatal está echada y están resueltos a no acatar la obligación constitucional que tienen de separarse del cargo de integrantes de la LXII Legislatura local.
No importa el riesgo y las críticas que ello conlleve, pues su decisión, han asegurado, tiene el sustento jurídico, por lo cual los tres diputados que contenderán por una diputación federal están en su libre arbitrio separarse o no del cargo.
Mientras que los segundos, que suman nueve diputados que buscan su reelección, acordaron separarse del cargo hasta el 30 de abril, es decir 60 días antes de la jornada electoral y no 90 como lo ordena la Constitución Política local.
La sesuda determinación y el acuerdo entre todas las bancadas se dieron tras conocer dos criterios en la materia y que buscarán hacer valer en esta contienda electoral. El primero fue solicitado por la diputada local panista Guadalupe Sánchez Santiago al Instituto Nacional Electoral (INE).
De acuerdo con el documento signado por Erika Aguilera Ramírez, directora de normatividad y consulta del INE, en respuesta a la petición de la panista por conocer los términos en los que debería solicitar licencia al cargo para contender por la diputación federal, pues considera que su caso no se encuentra dentro las hipótesis de la legislación electoral, se advierte que “la legislación aplicable no contiene ningún dispositivo normativa que establezca como requisito la separación del cargo cuando siendo diputada local en funciones se pretenda postular como candidata a diputada federal”.
“Lo anterior atendiendo a que el derecho de ser votado como derecho fundamental de los ciudadanos de la República solo puede ser limitado por aquellas restricciones que se encuentras expresamente contenidas en la ley”, refiere el documento que sirvió para que tomaran esa resolución.
Con esta aclaración, nos guste o no, sea antiético e inmoral para algunos, en el caso de los candidatos a diputados federales, los congresistas locales como Mariano González Aguirre, Sandra Corona Padilla y la propia panista Sánchez Santiago, no están obligados a separarse del cargo y está a su libre determinación decidir si continúan en el cargo mientras realizan sus respectivas campañas proselitistas o bien, deciden solicitar licencia al cargo.
Del resto de los congresistas que buscan seguir en el cargo a través de la reelección, hicieron lo propio pero ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien les planteó que “las personas que participarán en el proceso electoral local, pueden optar por separarse de su cargo en el término más benéfico para ellos, no obstante, de ser menor al señalado en la Constitución Política local, dicha decisión no se violenta el principio constitucional de la Equidad en la contienda.
“Ante ello, los diputados que buscarán la relección podrán elegir entre los términos de 90 o 60 días para separase de su encargo, ambos términos garantizan el cumplimiento del principio de equidad, con lo que se asegura que todos los contendientes al cargo, incluyendo los diputados que buscan la reelección, estarán en condiciones de igualdad”, refiere el documento al cual acordaron ceñirse los congresistas… Así tenemos que, la interpretación realizada por la Sala Superior (del TEPJF) es aplicable a todos los ciudadanos que deseen postularse a un cargo de elección popular, dentro de los que debe considerarse a los diputados que se postulan a la reelección quienes tienen ya ganado el derecho de presentarse a la evaluación ciudadana de su trabajo, de manera que prevalece el derecho bajo el principio pro-persona o pro homine, establecido en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que incluso alude a los diversos tratados internacionales que México tiene firmados en materia de protección y promoción de los derechos políticos y sociales, en el marco de los derechos humanos.
Abunda que “en esencia, los diputados que van en busca de la reelección, en estricto sentido, sólo van por un refrendo de la voluntad popular o por la reprobación de su gestión como representantes populares, de manera que no es fundado el reclamo de pensar que los diputados tienen que ceñirse a los supuestos restrictivos que se mencionan en las constitucionales locales, siendo que la legislación secundaria es más benévola, en consecuencia basta que pidan licencia a sus cargos con 60 días de anticipación al día de los comicios.
Ese es el criterio que defenderán los nueve diputados reeleccionistas como son los priistas Eréndira Cova Brindis, Enrique Padilla, Ignacio Ramírez y Arnulfo Arévalo, los perredista Adrián Xochitemo, Cesar Fredy Cuatenconzi y Alberto Amaro Corona, la panista Dulce María Mastranzo Corona y el congresista del Partido Verde Ecologista de México, Fidel Águila Rodríguez, quienes resolvieron que se separarán del cargo 60 días de la jornada electoral, ello tras consultar de esa obligación al TEPJF.
Así las cosas, cuando la ley se acomoda a intereses personales, pocos son los beneficiados, aunque faltan muchos episodios de éste trama, ya que seguramente vendrán las impugnaciones.
























































